Germán García - Archivo Virtual / Centro Descartes, Buenos Aires

El acto criminal cambia a un sujeto de lugar

# (29 de abril 2008). El acto criminal cambia a un sujeto de lugar. Presentación del libro (2008) ¿A quién mata el asesino? Psicoanálisis y Criminología de Silvia Elena Tendlarz y Carlos Dante García. Buenos Aires: Grama. Junto a Jacques-Alain Miller y otros. Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Publicado en (noviembre 2008) Virtualia N°18, Buenos Aires. Recuperado de link.

Para sentar jurisprudencia alrededor del tema les diré que la revista Criminología, psiquiatría y medicina legal, dirigida por Osvaldo Loudet, en su número 117, publicado en mayo/junio de 1933, insertó un breve comentario sobre la tesis del Dr. Jacques Lacan llamada "La psicosis paranoica y su relación con la personalidad", es decir, que ya estábamos aquí sin saberlo. Yo quisiera tomar lo que me parece un verdadero problema y que ya ha sido mencionado anteriormente. En algún lugar Jacques Lacan utiliza la expresión "el crimen y su escansión de abismo". Esta expresión me interesó porque el problema del acto y del pasaje al acto –que fue mencionado aquí por el Dr. Ciafardini y que es un término tomado de la psiquiatría – me ha ocupado desde hace tiempo. Lacan dice que para entender este problema hay que destruir un edificio de prejuicios infernal montado a partir de que el acto y la motricidad se confunden. Y se confunden a partir de un esquema, que incluso opera en Freud, que es el esquema del "arco reflejo". Él dice que de alguna manera uno puede llegar a la conclusión de que el acto motriz, la motricidad, es la expresión de algún pensamiento. Pero el eje de la cuestión es más bien inverso. Un acto es aquello que causa un pensamiento. Si un acto causa un pensamiento es porque un acto (que no es la motricidad) es algo que cambia a un sujeto de lugar. Y plantea un tema interesante e inquietante: el sujeto que realiza un acto criminal, como resultado de este acto, no se encuentra ya en el lugar en que estaba antes de realizar el acto. Uno podría poner el ejemplo que da Lacan en este texto, el caso Aimée: una mujer que después de realizar un acto criminal, sale del delirio a consecuencia de dicho acto. En el libro que estamos presentando otro ejemplo de pasaje al acto es el caso Barreda, que es un caso de alguien evidentemente delirante. Tenemos que ver aquí un pasaje: de los gritos, de las cosas que escuchaba, a un sujeto que se pacifica en la cárcel, estudia abogacía, y es muy querido por sus compañeros porque es dentista y les arregla los dientes. El acto habría que separarlo, como dice también Lacan, de los reflejos condicionados e incondicionados, que juegan también esta doble vía en las dos escuelas que han dominado la psicología en el siglo XX. La criminología encuentra otra rama que es la victimología, un paradigma que se está produciendo actualmente del trauma, del efecto postraumático, etc. sobre las víctimas, tema que proviene de Estados Unidos. Hay un extenso libro, que se llama: ¿Por qué Freud estaba equivocado?,en el cual se trata de mostrar, a través de los abusos infantiles, que sobre la sexualidad infantil, Freud estaba equivocado. Y se produce esta cosa un poco absurda de que existan, en este momento, instituciones de adultos dedicados a buscar argumentos para defenderse de niños que los acusan de cosas, con el pretexto de que si ellos en la actualidad tienen síntomas de un posible abuso infantil, entonces padecieron un abuso infantil y se debe dar vueltas y vueltas hasta encontrar la recuperación, de alguna manera, del recuerdo olvidado.

Por otro lado he notado que en el discurso del derecho se nombra indistintamente psiquiatría, psicología y psicoanálisis. Sería encantador que fuese así, pero resulta que los psicólogos que trabajan en el campo jurídico trabajan con un objeto que es la conducta. Entonces me parece que tenemos mucho para charlar al respecto porque no se trata exactamente de lo que nosotros imaginamos, esto es, trabajar sobre los test de la conducta, o sobre la modificación de la conducta, o por la calificación de la conducta en cuestión, que muchas veces no pasa de una imputación moral. He escuchado una vez un juicio en el cual una persona había matado a su mujer por cuestiones de celos pasionales, y una psicóloga daba como prueba para demostrar su culpabilidad el hecho de que esta persona tenía una hija de un matrimonio anterior a la que hacía siete años que no veía, lo cual demostraba la falta de afecto de este señor y se lo condenaba por eso.

Entonces, yo creo que mi Virgilio, en este caso al menos, es un libro de Julio Virgorini, prologado por el italiano Massimo Pavarini, que se llama: La razón ausente. Ensayo sobre criminología y crítica política. La tesis de este libro es que las claves de Goffman, que conducirían a la atribución de status, de estigma, etc. del lado sociológico, podrían ir disolviendo a lo largo de la historia el nudo etiología/patología, y esto empuja toda la cuestión al campo político. Los ejemplos del country justamente demuestran esto. Demuestran que el viejo esquema (que tanto material dio a las películas norteamericanas de serie B) de pobres, hijos de padres así y asá, que se transforman en criminales, desaparece frente al concepto del asesino de cuello blanco, desarticulándose de esta manera la posible asociación entre las condiciones sociológicas y jurídicas, y la necesariedad causal de los criminales. Es decir, que lo que va disolviéndose es la noción de causa, ya sea por el lado del nudo etiología/patología, o por el lado de los estigmas sociales.

Con respecto al concepto de responsabilidad estoy de acuerdo con la crítica que se le hace al uso fuera de contexto de dicho concepto. El hecho de que un analizante responda por todo lo que dice en un análisis, no equivale a que un analista diga que en el mundo jurídico la responsabilidad de un acto criminal, cualquiera que sea, tiene que ser medido de la misma manera en que se mide la verdad en la palabra, aún negada, en la práctica analítica.

Yo voy a tomar dos cosas del libro. El método del libro es muy interesante, tiene una extensa casuística, tiene también un recorrido por la historia de la criminología que me parece muy valioso sobre los desencuentros, en distintos momentos, entre la criminología y el psicoanálisis. Tomo de la página 165, algo que uno puede revisar: "A partir de lo presentado aquí se podrá finalmente apreciar como estallan casi todas las clasificaciones diagnósticas por la dificultad de aprehensión del fenómeno criminal por parte de la psiquiatría y la criminología; como resultan invalidadas y contradictorias las conclusiones que se desprenden de las distintas clasificaciones diagnósticas". Esta es una conclusión sobre las clasificaciones diagnósticas. Después se hace un resumen de lo que queda del trabajo. En la página 189 podemos leer la enumeración de los puntos siguientes, sobre ¿A quién mata el asesino?, el título de este libro:

1- Psicosis compensadas en forma perversa, como en los casos de Gilles de Rais y Albert Fish.

2- Psicosis que ponen en evidencia el empuje a La mujer, como en Michael Lee Lockhart.

3- Psicosis que buscan una extracción de goce a través de una serie de pasajes al acto homicidas.

4- Psicosis que buscan la extracción de goce a través de un "tratamiento" del cuerpo de las víctimas, como en el caso Dahmer.

5- Psicosis alucinatorias, por ejemplo, cuando el "Hijo de Sam" escucha voces que le ordenan matar, que normalmente se incluyen en el grupo de las esquizofrenias.

6- Delirios en acto, como en el caso Dahmer, que lleva a la producción de una serie metonímica indefinida de asesinatos.

7- Algunos de los asesinos seriales tal vez puedan situarse dentro del diagnóstico de perversión, caracterizados por la voluntad de goce, y por la ausencia de culpabilidad.

8- Los "inclasificables", como así también las psicosis ordinarias, en las que las muertes entran en un entramado particular y sutil del delirio.

Es decir, yo creo que hay una discusión interna entre el psicoanálisis (que yo resumo aquí rápidamente) y lo que propone la psicología (incluso la psicología de orientación psicoanalítica) y lo que ha apoyado la psiquiatría (las cuestiones genéticas mencionadas). Hay primero –entonces– una discusión interna a realizar dentro de este mismo campo, y después vendría la posibilidad de investigar, de trabajar, las conclusiones en común a las que se arribe con el campo jurídico.

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